8. ¿Qué beneficios tienen las donaciones amparadas por la Ley N°21.440?

Las donaciones a donatarias inscritas otorgarán a los donantes y a las donatarias los beneficios señalados en el artículo 46 B) de la Ley 21.440 (no estarán afectas a impuesto a las donaciones, estarán liberadas del trámite de insinuación y los donantes pueden deducirlas a su base imponible, de acuerdo con los límites señalados en esa disposición).