5. ¿Qué documentos deben presentar las donatarias para ser inscritas en el Registro Público de Donatarias?
a) e-RUT vigente de la donataria;
b) Estatutos vigentes de la donataria, incluyendo las posteriores modificaciones de las que haya sido objeto.
c) Certificado de vigencia de la donataria emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación o el Ministerio de Justicia, en su caso, con vigencia no superior a treinta días corridos desde la fecha de su presentación.
d) Estados financieros, balance general o estado de fuentes y usos de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 68 de la Ley sobre Impuesto a la Renta, del año inmediatamente anterior al año de presentación del formulario de inscripción, en caso de tener más de un año de existencia;
e) Memoria anual y antecedentes complementarios.
f) Copia simple de ambos lados de la cédula de identidad vigente del representante legal o apoderado autenticado, o de todos quienes actúen si la representación o el poder se ejerce de forma conjunta;
g) Poder que conste en instrumento privado suscrito mediante firma electrónica avanzada, por escritura pública o instrumento privado autorizado ante notario. Si el poder consta en un instrumento privado suscrito mediante firma electrónica avanzada o en instrumento privado autorizado ante notario no deberá haber transcurrido más de seis meses desde su firma o desde su autorización ante notario, respectivamente. Si el poder consta por escritura pública y tiene una fecha superior a dos años, deberá acompañarse un certificado del archivero judicial que dé cuenta de su vigencia.
h) Certificado de directorio vigente de persona jurídica sin fines de lucro, emitido por el Servicio de Registro Civil e Identificación con una fecha no superior a treinta días corridos desde la fecha de presentación, para el caso de las entidades regidas por el Título XXXIII del Libro I del Código Civil.