33. ¿Las Donatarias pueden ser eliminadas del Registro Público?
Sí, las Donatarias serán eliminadas por la verificación de las causales señaladas en la Ley 21.440, es decir, el incumplimiento de los requisitos establecidos en la letra C) del artículo 46 A, de las obligaciones del 46 H, de las prohibiciones del 46 I y prohibiciones del 46 J.