26. ¿En qué estados se puede encontrar la solicitud de registro?
Borrador: el formulario está en estado de desarrollo y aún no es presentado por la interesada. Es la fase previa a la presentación del formulario para revisión de la Secretaría Técnica.
Presentada: el formulario fue presentado por la interesada y será revisado por la Secretaría Técnica, quien podrá identificar si dicho formulario se encuentra completo y/o si debe subsanar observaciones que esta realice.
En rectificación: el formulario presentado por la interesada fue revisado por la Secretaría Técnica, la cual hizo observaciones que debe subsanar la solicitante. Luego de realizado esto, la solicitante deberá presentar el formulario integrando esas observaciones quedando nuevamente en estado de "Presentada".
Revisión: el formulario contiene todos los antecedentes requeridos para comenzar su revisión, dentro del período legal de 20 días hábiles, por parte de la Secretaría Técnica, luego de lo cual podrá ser objeto de aceptación o rechazo a ser incorporada en el Registro Público de Donatarias.
Inscrita: la solicitud de inscripción en el Registro Público de Donatarias fue aceptada, por lo que se emitió por parte de la Subsecretaría de Hacienda el acto administrativo (una resolución exenta) que autoriza la inclusión de la donataria solicitante en dicho registro. Desde este momento la donataria puede emitir certificados de donaciones acogidas a los beneficios tributarios de la Ley N°21.440.